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Jánovas:
Relación de documentos
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1917, 14 de septiembre. Gaceta de Madrid.
Primera concesión de caudales.
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1923, 6 de octubre. Gaceta de Madrid. Nueva
concesión de caudales.
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1945, 14 de abril. Orden ministerial (BOE). Se
ceden los derechos de concesión a IBERDUERO S.A.
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1945, 25 de agosto. Se aprueba el plan de
aprovechamiento.
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1951, 28 de marzo. Orden ministerial (BOE del 14
de abril). Se aprueba "Plan de construcción de los aprovechamientos
del río Ara, entre Fiscal y Ainsa, y el río Cinca, entre Lafortunada y
Ainsa". Las obras se declaran de utilidad pública. Supone una
modificación en la concesión. Capacidad 177 Hm3.
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1952, 29 de abril. Orden ministerial(BOE). Plan
definitivo de obras.
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1960, 28 de diciembre. (B.O..Provincia de
Huesca). Resolución de la comisaría de aguas del Ebro. Relación de
fincas y propietarios expropiados.
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1966, 15 de septiembre. Comisaría de aguas del
Ebro. Requiere justificación por interrupción del plan de obras.
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1971, 25 de marzo. IBERDUERO S.A. solicita prórroga
de un año para presentar un nuevo proyecto.
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1971, 15 de julio. Orden ministerial (BOE). Prórroga
con plazo de un año.
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1972, agosto. IBERDUERO SA presenta su Proyecto
Reformado, para una capacidad de 548'5 Hm3.
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1983, 31 de mayo. Resolución de la Dirección
de Obras Hidráulicas para que se modifique la capacidad a 350 Hm3.
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1983, octubre. IBERDUERO S.A. presenta su
Proyecto Modificado, para una capacidad de 350 Hm3. Con un presupuesto de
19.400 millones.
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1983, 28 de febrero. Comisión Provincial de
Urbanismo-Huesca (D.G.A.). Impone a IBERDUERO S.A. la obligación de
ajustarse a un Plan Especial del Area.
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1984, 21 de enero. B.O.Provincia de Lérida.
Instando la declaración de utilidad pública del Proyecto Modificado.
Treinta días para reclamaciones.
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1984, 6 de julio. Informe de la Jefatura de
Huesca del ICONA.
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1984, 31 de octubre. IBERDUERO S.A. presenta su
"Contestación a las reclamaciones formuladas durante el periodo de
información pública" (hubo 742 escritos de reclamación).
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1985. Se perfora el túnel de derivación. Después
las obras se paralizan.
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1986, 28 de junio. Real Decreto Legislativo
1302, de evaluación de impacto ambiental. Su reglamento se aprueba por
Real Decreto 1131/1988, de 30 de septiembre.
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1992, 30 de junio. B.O. de las Cortes de Aragón
de 7 de julio. Resolución relativa a criterios sobre política hidráulica
en la Comunidad Autónoma de Aragón (Pacto del Agua).
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1993, 31 de junio. Resolución de la Dirección
General de Calidad de Aguas desestimando el proyecto de 1983. Mantiene la
vigencia de la o.m. de 28 de marzo de 1951, con nuevas condiciones. Plazo
de terminación del salto de Jánovas: 5 años.
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1993, octubre. IBERDROLA S.A. presenta la
memoria-resumen del salto de Jánovas, inicio del procedimiento de
evaluación de impacto ambiental.
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1993, noviembre. El Ayuntamiento de Fiscal
concede la licencia para las obras preparatorias (ataguía para la
desviación del río).
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1993, diciembre. El defensor del pueblo comunica
una sugerencia como respuesta a las quejas formuladas (sugiere proceder a
la reversión y la caducidad de la concesión). Incluye el informe de la
Dirección General de Obras Hidráulicas de 4 de octubre, comunicando al
defensor del pueblo que está en tramitación el expediente.
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1993, 30 de diciembre. La concesión y las obras
pasan a E.R.Z. (Compraventa otorgada por Iberdrola SA)
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1995, 10 de enero. La Dirección General de
Calidad de Aguas deniega la solicitud de reversión de los bienes y
derechos afectados por la construcción del embalse de Jánovas, al estar
en fase de construcción.
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1995, 1 de junio. B.O.P. Plazo de un mes para
alegaciones al Estudio de Impacto Ambiental. Previamente se había
publicado dicho estudio, encargado por E.R.Z a la empresa EYSER.
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1998, 2 de marzo. El pleno del Ayuntamiento de
Boltaña aprueba una moción contra el embalse de Jánovas. Los plenos de
los ayuntamientos de Plan, San Juan de Plan, Gistaín, Bielsa, Tella-Sin y
Laspuña se adhieren al texto. Meses antes, las aguas del río Ara
destruyen la ataguía construida.
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1998, El Consejo Nacional del Agua da el visto
bueno a los proyectos de directrices de cuenca.
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1998, 11 de agosto. BOE, real decreto 1660/1998
de 24 de julio por el que se aprueban los Planes Hidrológicos de Cuenca.
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1999, 1 de mayo. Se presenta el Manifiesto por
la dignidad de la Montaña, suscrito por 33 ayuntamientos, 6
mancomunidades y ADELPA.
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1999, 26 de mayo. El Pleno del ayuntamiento de
Fiscal suscribe el texto anterior y acuerda por unanimidad oponerse a la
construcción de la presa (17 de mayo). Semanas después el Pleno de la
Mancomunidad de Sobrarbe toma acuerdo en el mismo sentido.
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2000, febrero. A.R.A. inicia un
contencioso-administrativo en el Tribunal Superior de Justicia de Aragón
para que la Confederación Hidrográfica del Ebro declare extinta la
concesión de caudales en poder de ERZ (grupo ENDESA). Al
año siguiente, el
tribunal envía
el expediente a la Audiencia Nacional.
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2000, mayo. El Gobierno de Aragón remite la
propuesta de Lugares de Interés Comunitario de la región Alpina, el río
Ara constituye un LIC continuo desde nacimiento hasta Fiscal. La Dirección
General del Medio Natural manifiesta públicamente su interés de incluir
más tramos en la propuesta de la región Mediterránea. Finalmente, el
Gobierno de Aragón propone todo el río, a excepción del tramo Fiscal-Jánovas.
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2001, 10 de febrero. Se publica en el BOE la
Declaración de Impacto Ambiental, firmada por el Secretario General de
Medio Ambiente un año antes. En la misma, tras diversas consideraciones e
incluyendo diversos anexos sobre la
tramitación del expediente ambiental, el órgano competente “no
considera pertinente” la construcción de la presa por sus “adversos
impactos ambientales”. (El río Ara es el
mayor río virgen de la cordillera pirenaica y de la cuenca del
Ebro). La misma semana de la
publicación en el BOE, la totalidad de los grupos parlamentarios de las
Cortes de Aragón manifiestan su satisfacción.
Para
que la recuperación del río, ribera y terrenos expropiados pueda
llevarse a cabo, falta que la Dirección General de Obras Hidráulicas
publique en el BOE la resolución administrativa que de fin al
procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental y cierre, por fin, el
expediente.

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